Por: Dr. Juan Pablo Beca I.
El Mercurio
11 de Febrero del 2009
Señor Director:
Eluana murió cuatro días después de la suspensión de su alimentación, administrada durante muchos años por una vía artificial y de haberse tratado las inevitables patologías intercurrentes que se presentan en estos casos. Su situación de quedar en estado vegetativo permanente fue la secuela de un accidente y de los extraordinarios esfuerzos médicos y familiares por salvarla, aceptando que podría quedar con limitaciones o daños de gravedad impredecible. Pero quedó en este dramático «estado vegetativo permanente» en el cual la persona definitivamente no tiene contacto con el medio ni conciencia de sí misma, no tiene sensaciones de ningún tipo (dolor, hambre, sed, angustia), no es capaz de alimentarse por vía natural, pero mantiene ritmo, sueño, vigilia y algunos movimientos reflejos. Pueden vivir muchos años si se les mantiene con cuidados básicos y medidas extraordinarias.
Estos casos son frecuentes, y así siempre surge la dificultad de decidir cuándo y cómo limitar los tratamientos que sólo prolongan este estado de vida que siempre constituye una inmensa carga afectiva y económica a la familia. Lo extraordinario u ordinario de un recurso es un término relativo y cambiante en el tiempo, por lo que hoy se ha reemplazado por el criterio de proporcionalidad, en relación con lo adecuado y factible de alcanzar un fin que beneficie al enfermo. Así, abstenerse de iniciar o suspender un tratamiento desproporcionado o fútil se considera éticamente correcto y muchas veces mandatorio, si con dichos tratamientos sólo se prolongan el sufrimiento y la agonía.
La suspensión de la nutrición y de la hidratación adquiere una sensibilidad especial si se la considera un cuidado mínimo humanitario y obligatorio para el enfermo. Pero tiene también la significación de un tratamiento extraordinario cuando su administración por vías artificiales sólo logra prolongar el estado terminal de un enfermo irrecuperable y desconectado de la realidad para siempre. Impedir el curso natural insistiendo en el uso de estas medidas artificiales genera más daño y sufrimiento que desistir de su aplicación para permitir la evolución natural a la muerte producida por la enfermedad causal.
La muerte de Eluana, después de 17 años en estado vegetativo permanente y de 10 años de lucha de su padre para que se autorice dejarla morir en paz, debe hacer reflexionar en la necesidad de avanzar en el respeto a la voluntad de los enfermos y sus familiares. Y en comprender que la necesidad de los enfermos irrecuperables no es prolongar su vida biológica, sino favorecer su muerte digna, sin dolor y acompañada social y espiritualmente. El significado sobrenatural de la vida humana depende de nuestras creencias, y a ellas podemos invitar pero nunca tratar de imponer a otros.