Cartas
Viernes 13 de agosto de 2010
Dr. Juan Pablo Beca
Señor Director:
Las cartas publicadas ayer sobre donación de órganos se basan en el criterio de una necesidad de simetría entre ser donante y el derecho a recibir un órgano cuando se necesite médicamente. El argumento parece razonable y justo, pero una mirada más profunda del tema no permite avalarlo, si se consideran separadamente la decisión de ser donante y el derecho a ser receptor de órganos ante una enfermedad grave.
La donación de órganos, como decisión personal y aceptación familiar, es un acto altruista y voluntario. Implica por lo tanto el derecho a rechazar la donación, decisión que por nuestra nueva legislación deber expresarse formalmente. Las razones del rechazo son respetables y obedecen a múltiples factores, de los cuales predominan una información y comprensión errada acerca de la muerte encefálica, del tratamiento que reciben los potenciales donantes y del proceso de procuramiento de órganos.
El derecho a recibir tratamiento por una enfermedad grave se fundamenta en el derecho a la asistencia sanitaria y no en los méritos personales. Los trasplantes de órganos son una forma de tratamiento médico y dependen de su disponibilidad, pero no de la generosidad del eventual receptor ni de su comprensión de los procesos de donación.
Por lo expresado, pensamos que el criterio de simetría entre ser donante y receptor de órganos, frecuentemente aceptado en nuestra sociedad, no puede ser apoyado ética ni jurídicamente.
Dr. Juan Pablo Beca I.
E.U. Montserrat Rius A.