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Derechos y Deberes de los Pacientes 2

Derechos y Deberes de los Pacientes 2

Señor Director:

En su carta sobre Derechos y Deberes de los Pacientes, el Dr. Raimundo Charlín, prestigioso oftalmólogo quien como la mayoría de los médicos se desempeña en hospitales públicos y privados, concuerda con nuestro punto de vista de que el fin último de esta ley es “asegurar una mejor atención para los pacientes”. Si bien existe justificada preocupación por aspectos específicos que aún necesitan muchas precisiones interpretativas, es importante no perder de vista el fin último de la ley.

El Dr. Charlín nos formula tres preguntas concretas:

1) Si trabajamos en un hospital público. Juan Pablo Beca lo hizo por más de 30 años y se mantiene activamente vinculado a varios hospitales públicos y Alberto Lecaros es abogado y su trabajo es académico.

2) Si consideramos que los hospitales públicos cumplen con los estándares mínimos exigidos. Esta es una pregunta de hecho y nuestra carta apunta a aspectos normativos tanto éticos como jurídicos. Estamos conscientes de muchas insuficiencias, así como también de los esfuerzos que se realizan en calidad, acreditación y equipamiento. La ley, así como la progresiva inclusión de patologías al Régimen de Garantías Explícitas, apunta precisamente a responder al derecho de las personas a recibir atención de salud de calidad y a corregir las deficiencias y limitaciones actuales.

3) Con qué derechos se ha empoderado a los médicos y si sólo tienen deberes. La ley 20.584 tiene por objeto proteger los derechos de las personas en la atención de salud y formula tanto derechos como deberes de los pacientes. El correlato de estos últimos son los derechos de los profesionales en este ámbito asistencial. Las responsabilidades legales y los derechos de médicos, profesionales no médicos, personal técnico y administrativo están contemplados en otros marcos jurídicos.

Es necesario distinguir los deberes de los médicos de las obligaciones institucionales que son necesarias para cumplir las responsabilidades profesionales. Finalmente parece oportuno insistir en el concepto de que una buena atención en salud, en hospitales públicos y en instituciones privadas, con el mejor y más respetuoso trato a los enfermos, conducirá a relaciones de mutua confianza, evitará conflictos y la judicialización de los mismos.

Dr. Juan Pablo Beca y Prof. Alberto Lecaros

Centro de Bioética, Facultad de Medicina

Clínica Alemana – Universidad del Desarrollo