Hero Image

Noticias

Donación de órganos

*Donación de órganos – Juan Pablo Beca y Alberto Lecaros

El Mercurio – viernes 11 de octubre de 2013

Señor Director:

En respuesta a la carta de la profesora Zúñiga, debemos volver a afirmar que no desconocemos el posible beneficio de una ley de consentimiento presunto en e! aumento de la donación de órganos. Solo afirmamos que es una contradicción plantear por un lado que el fenómeno de la donación está determinado por múltiples causas, ninguna más determinante que la otra, y afirmar al mismo tiempo que una ley de este tipo es la causa principal del aumento de donación. Insistir en esto último puede significar un voluntarismo legal que no contribuye a dar respuesta a las múltiples causas del fenómeno social de la donación de órganos lo que genera una imagen de falta de transparencia. De hecho, en solo tres años hemos tenido dos variantes legales de donación presunta, sin lograr el objetivo buscado. El informe de evaluación de la Cámara de Diputados de la ley N° 20.413 de 2010 que introduce el donante presunto, deja en claro que la ley no es la herramienta más importante en la política pública sobre donación de órganos.

Una cosa es el carácter público de la asignación y acceso a los órganos una vez que han sido donados y otra el carácter privado del acto de la donación y del bien donado. La regla que premia la reciprocidad (priorlza entre dos receptores en igual condición a quien no se ha negado a donar) va en contra de la naturaleza de este acto, por esencia altruista, y opera como regla meramente intimidatoria, ya que en la práctica casi nunca dos personas estarán en igualdad de condiciones en una lista de espera.

Finalmente, consideramos que entramparnos en una discusión sobre la voluntad del legislador ya expresada es poco fructífero. Lo necesario es mirar hacia adelante y establecer políticas públicas y mecanismos de educación social que de manera eficaz aumenten la donación de órganos.

PROF. ALBERTO LECARQS

DR. JUAN PABLO BECA

Centro de Bioética

Facultad de Medicina Clínica Alemana Universidad del Desarrollo

*En respuesta a la carta de la académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Alejandra Zuñiga, publicada el día 10 de octubre de 2013 en El Mercurio. Para leerla, ingrese aquí